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COMUNICADO OFICIAL AYUNTAMIENTO DE CASPE

El Departamento de Sanidad dicta medidas especiales de aislamiento social para la Comarca del Bajo Aragón Caspe / Baix Aragó Casp

 El incremento de casos obliga a tomar medidas para corregir el aumento de transmisibilidad del COVID-19 en este territorio, que volverá al régimen establecido en la fase 2 de desescalada

Se recomienda a los residentes que limiten su circulación a otros territorios y se aconseja al resto de los ciudadanos que eviten los desplazamientos a esta comarca.

El Departamento de Sanidad ha emitido una orden, que se publicará hoy en el Boletín Oficial de Aragón, para la adopción de medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de COVID-19 en la comarca del Bajo Aragón Caspe /Baix Aragó Casp de la provincia de Zaragoza.

De este modo, a partir de su publicación, se instaurará en esta comarca de nuevo, y en base a las atribuciones que da al Departamento de Sanidad la Ley de Salud de Aragón, las medidas de aislamiento social establecidas en su día para la fase 2 de desescalada.

Estas medidas de prevención y control extraordinarias están dirigidas a disminuir la transmisibilidad de la enfermedad en la población, dado que se han producido brotes y además se están dando casos que indican transmisión comunitaria.

De esta manera, frente a una tendencia decreciente sostenida en las últimas semanas, la aparición de casos en los últimos días ha multiplicado las incidencias en este territorio. Este incremento de casos no es, por ahora, preocupante en términos de gravedad o de capacidad del sistema sanitario, pero sí indica un aumento de transmisibilidad de la enfermedad que debe ser corregido.

Así, la orden, que entra en vigor hoy mismo, establece la aplicación parcial del régimen establecido para la fase 2 de desescalada (https://www.lamoncloa.gob.es/covid-19/Documents/01062020_Plan_Transicion_Guia_Fase_2.pdf).

Estas son algunas de las medidas más relevantes de esa fase:

  • Se puede circular por la unidad territorial de referencia, respetando las medidas de seguridad e higiene y la distancia mínima de seguridad, en grupos de un máximo de 15
  • Las personas de hasta 70 años pueden realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria excepto entre las 10:00 y 12:00 horas y entre las 19:00 y 20:00 horas.
  • Los velatorios pueden realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La comitiva para la despedida de se restringe a un máximo de 25 personas.
  • Se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo.
  • Las ceremonias nupciales pueden realizarse en todo tipo de instalaciones, sin superar el 50% de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.
  • Se pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en   grupos   de   hasta   20
  • Aforo limitado en los comercios minoristas al 40%.
  • Aforo limitado en establecimientos de hostelería y restauración al 40% en el interior. El consumo dentro del local se realizará exclusivamente en mesas. En el caso de las terrazas, limitación al 50% de las mesas.
  • No pueden abrir las discotecas y bares de ocio nocturno.
  • El aforo en las piscinas recreativas queda limitado al 30%.

En cuanto a la libre circulación, se recomienda a los ciudadanos de esta comarca que limiten su circulación a otros territorios, salvo circunstancias acreditables, y se recomienda a las personas que no tengan su residencia en la citada comarca que eviten desplazamientos a la misma.

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