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REAPERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIALES “FASE 0”

Adjuntamos información sobre la reapertura de establecimientos y locales en la fase 0.

  • No podrán abrir aquellos que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados, o que se encuentren dentro de los mismos sin acceso directo e independiente desde el exterior.
  • Se podrán abrir sólo concita previa, garantizando la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.
  • Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física,y en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas.
  • Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, (actualmente de 10:00 a 12:00 y 19:00 a 20:00).
  • Los desplazamientos a los establecimientos y locales podrán efectuarse únicamente dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.

MEDIDAS DE HIGIENE

 

  • Deberán realizar, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención  las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, tarjeteros, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:

–  Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día. Y a lo largo de la jornada, preferentemente a mediodía.

–  Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía(1:50) recién preparada o cualquier desinfectante con actividad virucida que se encuentre en el mercado.

Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección individual (en adelante EPIs) utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.

Cuando en el establecimiento o local vaya a permanecer más de un trabajador atendiendo al público, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, asimismo en zonas privadas, tales como vestuarios, taquillas, aseos. Los uniformes o ropa de trabajo deberán ser desinfectados y lavados diariamente en ciclos de lavado entre 60º y 90º. En  caso que esto no fuera posible, se recomienda cubrir los uniformes con batas, guardapolvos o similares.

Los aseos de los locales no podrán ser utilizados por clientes, menos en caso de fuerza mayor, se procederá de inmediato a  su desinfección tras su uso.

–  Los locales deberán disponer de papeleras, a ser posible con tapa de pedal,  en las que poder depositar pañuelos, guantes y cualquier otro material desechable.

– Se garantizará una ventilación adecuada en los establecimientos.

 

MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA EL PERSONAL QUE PRESTE SERVICIOS

 

  • El titular de la actividad económica, deberá cumplir con las obligaciones de prevención de riesgos, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID19.
  • En este sentido, se asegurarán de que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados y que tengan permanentemente a su disposición, geles hidroalcohólicos con actividad virucida, o al no ser posible, agua y jabón. El uso de mascarillas será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de aproximadamente dos metros entre trabajador y cliente, o si da lugar entre vendedor y proveedor.
  • En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección individual oportuno que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, debiendo asegurar el mantenimiento de la distancia de dos metros entre un cliente y otro.

 

MEDIDAS DE PROTECCIÓN E HIGIENE APLICABLES A LOS CLIENTES, EN EL INTERIOR DE ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES.

 

El tiempo de permanencia en los establecimientos será el estrictamente necesario. En los lugares dónde se deba atender a más de un cliente a la vez, deberá señalizarse de forma clara la distancia de seguridad o en su caso al exterior del establecimiento.

En la entrada de los establecimientos deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos, siempre en condición de uso, y papeleras.

– Locales que tengan mostrador, colocación de mamparas protectoras entre cliente y trabajador.

Peluquerías, institutos de belleza, fisioterapias, utilizar equipos de protección individual desechables, como delantales, toallas o en su caso la apropiada desinfección.

Sector textil y arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán. La prendas que se hayan probado y no adquiridas deberán ser higienizadas antes de facilitarlas a otros clientes.

-Para el calzado se recomienda el uso de bolsas de plástico o calcetines desechables. Y limpieza del producto probado y no comprado así como el devuelto.

Joyerías, el cliente no deberá tocar ninguna superficie ni mercancías,  salvo con guantes nuevos proporcionados por la tienda. Todo el muestrario deberá ser desinfectado, cada vez que se toque o se pruebe. Se recomienda como desinfectantes, agua y jabón o alcohol propílico de 70º, evitando aquellas joyas que puedan dañarse (como perlas).   Otra alternativa sería usar una cubierta de plástico desechable (film) que cubra la parte necesaria del cuerpo (mano, brazo, escote…etc.)

 

ACTIVIDADES DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

 

  • Estas actividades podrán realizarse mediante servicios de entrega a domicilio y mediante la recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos correspondientes, quedando prohibido el consumo en el interior de los establecimientos.
  • En los servicios de recogida en el establecimiento, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono o en línea, y el establecimiento fijará un horario de recogida del mismo, evitando aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento.
  • En aquellos establecimientos que dispongan de puntos de solicitud y recogida de pedidos para vehículos, el cliente podrá realizar los pedidos desde su vehículo en el propio establecimiento y proceder a su posterior recogida
  • Este tipo de establecimientossólo podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de pedidos.
  • Se establecen medidas de prevención de riesgos específicas para los clientes. Entre ellas, la puesta a disposición  de geles hidroalcohólicos a la entrada del establecimiento y papeleras con tapa de accionamiento no manual a la salida. El tiempo de permanencia en los establecimientos en los que se lleve a cabo la recogida de pedidos será el estrictamente necesario, debiéndose señalar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes.

Las consultas sobre este tema pueden dirigirse al teléfono 976631050 o al correo electrónico covid19@caspe.es 

Para descargar el Boe pulsar aquí.

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