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AGENCIA DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL – NOVEDADES SS, PROTECCIÓN CESE ACTIVIDAD, FONDO GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL

ESCUDO DE CASPEDesde la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Caspe (AEDL) nos hacemos eco de las últimas novedades en materia de Seguridad Social, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, que surten efecto desde el 1 de enero de 2016.

En el BOE del sábado 30 de enero de 2016 se ha publicado la Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Esta orden desarrolla en materia de cotizaciones sociales para el ejercicio 2016 lo previsto en la Ley General de Seguridad Social y en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016. Se establecen las bases de cotización máximas y mínimas para los distintos regímenes y Sistemas (régimen general, artistas, taurinos, agrarios, empleados de hogar, autónomos,…)

Destaca en su regulación, entre otras, las siguientes cuestiones:

  • Cotización en los contratos a tiempo parcial.
  • Cotización adicional por horas extraordinarias.
  • Cotización durante las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y paternidad y otros supuestos.
  • Cotización en la situación de pluriempleo.
  • Incremento en la cuota empresarial por contingencias comunes en los contratos temporales de corta duración.
  • Cotización en los supuestos de trabajo concentrado en períodos inferiores a los de alta.
  • En el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje la cotización, cuando procede cotizar por desempleo, queda establecida en una cuota única mensual de 98,95 € (80,77 € por cuenta de la empresa y 18,18 € por cuenta del trabajador).
  • Para los jóvenes titulados sin experiencia que realicen prácticas no laborales en empresas al amparo del RD 1543/2011 la cotización queda en una cuota única mensual de 41,42 € (35,24 € por cuenta de la empresa y 6,18 € por cuenta del trabajador).

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