Considerando que la reunión de personas en los locales de peñas puede provocar situaciones de riesgo que deben de ser paliadas en la Fase II, establecida mediante Orden SAN/481/2020, de 23 de junio, del Gobierno de Aragón en la que se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia COVID-19 en la Comarca de Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó Casp y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 30 apartado 1º letra l) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, esta Alcaldía ordena por Decreto:
Primero.- Suspender la apertura de los locales de peñas durante la aplicación parcial del régimen establecido para la fase II de desescalada, hasta el día 7 de septiembre de 2020.
Segundo.- Publicar el presente Decreto en el Tablón de anuncios y en la página web municipal.
Caspe, a 17 de julio de 2020
La Alcaldesa,
Pilar Mustieles Aranda
[Decreto suspensión locales de peñas hasta el día 7 de septiembre de 2020]-1